
Desde el pasado 25 de septiembre de 2025, Jhon Edilberto Suárez Trujillo permanece privado de la libertad luego de que un juez de control de garantías ordenara medida de aseguramiento en centro carcelario en su contra.
La decisión se adoptó tras la solicitud de la Fiscalía, que argumentó que Suárez Trujillo representaba un peligro para la comunidad y para la víctima, una niña de cinco años con la que, según los elementos de prueba, mantenía cercanía en el momento de los hechos.
La delegada del ente acusador insistió en que ninguna medida menos restrictiva, como la detención domiciliaria, garantizaría la comparecencia del imputado al proceso ni evitaría la reiteración de conductas similares, especialmente por tratarse de una ciudad fronteriza que facilitaría su salida del país.
Por su parte, el representante de la víctima respaldó la solicitud de la Fiscalía y pidió también que la medida fuera en establecimiento carcelario. La defensa, en contraste, solicitó que no se accediera a la petición, argumentando que Suárez Trujillo reside en el municipio de Puerto Nariño y no en la ciudad donde se lleva a cabo el proceso, e incluso planteó la posibilidad de una detención domiciliaria en su comunidad indígena.
El Ministerio Público, aunque recalcó que no se podía prejuzgar ni imponer una condena en esta etapa, señaló la necesidad de verificar con detalle las condiciones para aplicar la medida cautelar.
Finalmente, el juez concluyó que la medida de aseguramiento era necesaria, adecuada y proporcional, teniendo en cuenta la gravedad de la conducta investigada, la edad de la víctima, la pena superior a 4 años que contempla el delito y la prohibición legal de beneficios cuando se trata de delitos contra menores, según la Ley 1098 de Infancia y Adolescencia.
En consecuencia, se ordenó la detención preventiva en establecimiento carcelario y la expedición de la respectiva orden de captura.